Guías
Recibí una carta del IRS: qué significan la 147C, 5071C, CP2000, CP14 y CP01A y cómo responder
Por Katiuska Bustillos, fundadora y preparadora de impuestos Revisado por Katiuska Bustillos Publicado: Actualizado:
Revisada con las páginas del IRS vigentes en septiembre de 2026. Estas cartas no dependen del año fiscal, pero el IRS puede cambiar su formato.
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Una carta del IRS casi nunca es motivo de pánico, pero nunca hay que ignorarla. Primero comprueba que es auténtica buscando su número (está en la esquina derecha) en irs.gov: el IRS no pide pagos con tarjetas regalo ni te escribe por redes sociales. Después, cada carta pide algo distinto: la 147C solo confirma el EIN de tu negocio, la 5071C te pide verificar tu identidad, el CP2000 propone cambiar tu declaración y se responde en 30 días, el CP14 es una factura y el CP01A trae tu PIN de protección de identidad (IP PIN).
Primero: comprueba que la carta es del IRS
Hay estafadores que se hacen pasar por el IRS, incluso con cartas falsas. Antes de pagar o de dar tus datos, revisa estas señales, que publica el propio IRS:
- La primera vez, el IRS normalmente te contacta por correo postal, con una carta del Servicio Postal de EE. UU. Solo te escribe por correo electrónico o por mensaje de texto si antes tú lo autorizaste.
- Un mensaje directo en redes sociales nunca es del IRS.
- El IRS nunca pide ni acepta tarjetas regalo (gift cards) para pagar impuestos, ni te llama para exigir un pago inmediato con una tarjeta de débito prepagada.
- No amenaza con arrestarte ni con deportarte, ni con quitarte tu estatus migratorio, tu licencia de conducir o la licencia de tu negocio. Esas amenazas son típicas de las estafas.
- Siempre puedes cuestionar o apelar lo que el IRS dice que debes. Quien te presiona para pagar “ya, o si no” no es el IRS.
Para confirmarlo:
- Busca el número de la carta en la página del IRS Cómo entender su carta o aviso del IRS. Si no aparece o te parece sospechosa, el IRS indica llamar al 800-829-1040.
- Revisa tu cuenta en línea del IRS. Allí ves lo que debes por cada año, tus pagos y ciertos avisos en formato digital. Si no sabes si de verdad debes algo, es la forma más directa de comprobarlo.
- Paga solo por las vías oficiales que aparecen en irs.gov/payments. Los cheques se hacen a nombre de United States Treasury.
Algunas cartas legítimas vienen de agencias privadas de cobro que trabajan para el IRS, pero antes el IRS te avisa por carta. Si te llega un correo o un mensaje sospechoso, no respondas ni abras enlaces: reenvíalo a phishing@irs.gov. Las llamadas sospechosas se reportan al Inspector General del Tesoro para la Administración Tributaria (TIGTA), en el 800-366-4484.
Dónde está el número de la carta
Cada carta del IRS tiene un código que dice de qué trata. Los avisos empiezan por CP (CP14, CP2000) y las cartas se identifican como LTR o Letter (Letter 147C, Letter 5071C). El IRS indica que ese número está en la esquina derecha. En los avisos CP va arriba a la derecha de la primera página, en un recuadro junto a la fecha del aviso y el teléfono de contacto, y muchas veces se repite abajo a la derecha, en la parte que se recorta para pagar o responder.
Anota también la fecha del aviso. En el CP2000, por ejemplo, el plazo para responder se cuenta desde esa fecha, no desde el día en que te llegó.
Las cartas más comunes, de un vistazo
| Carta | Qué significa | Qué hacer | Plazo |
|---|---|---|---|
| 147C | Confirma el EIN de tu negocio | Guardarla; no hay que responder | No tiene |
| 5071C | El IRS necesita verificar tu identidad antes de procesar una declaración | Verificar en línea o por teléfono | Cuanto antes: la declaración queda detenida |
| CP2000 | Tus ingresos no coinciden con los W-2 o 1099; propuesta de cambio | Responder con el formulario, de acuerdo o no | 30 días desde la fecha del aviso (60 si vives fuera de EE. UU.) |
| CP14 | Debes impuestos | Pagar o pedir un plan de pagos | La fecha de pago del aviso |
| CP01A | Tu IP PIN del año | Usarlo en tu declaración y protegerlo | Vale un año calendario |
| CP501 / CP503 | Recordatorios de saldo pendiente | Pagar, pedir un plan de pagos o llamar | La fecha del aviso |
| CP504 | Aviso de intención de embargo | Pagar o llamar ya | Inmediato |
| CP565 | Te asignaron el ITIN | Revisar tus datos; no hay que responder | No tiene |
Carta 147C: confirmación de tu EIN
La Letter 147C (EIN Previously Assigned) no es un problema: es la confirmación por escrito del número de identificación del empleador (EIN) de tu negocio. Sirve cuando te piden confirmar el EIN, por ejemplo al abrir la cuenta bancaria del negocio si perdiste la carta original.
Normalmente la recibes porque la pediste. También puede llegarte sin pedirla: si enviaste un Formulario SS-4 por correo o por fax para sacar un EIN y el IRS ve que tu negocio ya tenía uno, no te da otro, sino que te manda una 147C con el número que ya existe.
- Cómo pedirla: llama a la línea de negocios del IRS (Business & Specialty Tax Line) al 800-829-4933, de lunes a viernes, de 7 a. m. a 7 p. m., hora local. Primero comprueban tu identidad y que eres el dueño o una persona autorizada. Te pueden dar el número por teléfono y enviarte la carta por fax o por correo a la dirección que el IRS tiene registrada; por correo tarda de 10 a 14 días hábiles.
- Alternativa en línea: si puedes usar la cuenta de negocios del IRS (Business Tax Account), puedes descargar un aviso CP575 digital, que el IRS acepta como sustituto de la 147C.
- Qué hacer al recibirla: guárdala con los papeles del negocio. No hay que responderla ni tiene plazo.
- Qué no hacer: no pidas un EIN nuevo porque perdiste el tuyo: un negocio debe tener un solo EIN. Y no pagues a una página web para conseguirlo: el IRS lo da gratis.
Si todavía no tienes EIN o vives fuera de EE. UU., lo explicamos en la guía EIN sin SSN.
Carta 5071C: verificar tu identidad
La 5071C (de la serie CP5071) te llega porque se presentó una declaración federal (Formulario 1040) con tu número de Seguro Social o tu ITIN, y el IRS quiere confirmar que fuiste tú. El IRS revisa todas las declaraciones en busca de señales de fraude; cuando una le parece sospechosa, la aparta y no la procesa hasta que respondas, así que tu reembolso también queda detenido.
- Si tú presentaste la declaración: verifica tu identidad para que el IRS siga tramitándola.
- Si no la presentaste: díselo al IRS en el mismo proceso. Puedes ser víctima de robo de identidad.
Cómo verificar:
- En línea, en la herramienta oficial del IRS irs.gov/verifyreturn: entras con tu cuenta del IRS (o la creas) y respondes unas preguntas sobre ti y sobre la declaración.
- Por teléfono, al número que viene en tu carta. Esa línea es solo para verificar la identidad y la declaración; no sirve para consultar otros temas de tu cuenta, como el estado del reembolso.
Ten a mano la carta, la declaración del año que indica la carta, la del año anterior si la presentaste y sus documentos (W-2, 1099, Anexo C…). Si no tienes copia, pídesela a quien te preparó la declaración.
Después de verificar, el IRS indica esperar de 2 a 3 semanas antes de consultar el reembolso, y el trámite de la declaración puede tardar hasta 9 semanas. Si verificaste, no hace falta presentar el Formulario 14039 (declaración jurada de robo de identidad), salvo que el IRS te lo pida.
Plazo: la página del IRS no fija uno general; sigue las instrucciones de tu carta y hazlo cuanto antes. Hay cartas parecidas: la 4883C pide verificar por teléfono, la 5747C pide hacerlo en persona en una oficina del IRS y la 5447C es para quienes viven fuera de EE. UU.
Aviso CP2000: tus ingresos no coinciden
El IRS compara tu declaración con lo que le informan tus empleadores, bancos y otros pagadores en los formularios W-2, 1099 y 1098. Si algo no coincide, te envía un CP2000: una propuesta de cambio de tu declaración, no una factura. El cambio puede subir tu impuesto, bajarlo o dejarlo igual. Pasa, por ejemplo, cuando no se incluyó un 1099 de un trabajo por cuenta propia, de los intereses del banco o de una aplicación de pagos.
- Compara el aviso, línea por línea, con tu declaración y tus W-2 y 1099.
- Si estás de acuerdo y no tienes nada más que declarar: firma el formulario de respuesta (si declararon en conjunto, firman los dos cónyuges) y envíalo. No hace falta enmendar la declaración.
- Si no estás de acuerdo, del todo o en parte: marca esa casilla, explica por qué en una declaración firmada y añade copias de los documentos que lo prueben.
- Si el aviso es correcto pero tienes otros ingresos, créditos o gastos que declarar: prepara un Formulario 1040-X, escribe “CP2000” arriba y envíalo con la respuesta.
La respuesta se envía por la herramienta de carga de documentos del IRS, por fax al número del centro que te envió el aviso o por correo a la dirección que aparece en él.
Plazo: el IRS pide responder en 30 días desde la fecha del aviso (60 días si vives fuera de EE. UU.); la fecha exacta viene en el aviso. Si necesitas más tiempo, puedes pedirlo por escrito o llamando al número gratuito del aviso. El CP2000 suele incluir intereses calculados hasta 30 días después de su fecha; si pagas lo propuesto en ese plazo, dejas de acumular más intereses.
Si no respondes, el IRS te envía por correo certificado un aviso de deficiencia (Statutory Notice of Deficiency). Desde su fecha tienes 90 días para llevar el caso al Tribunal Fiscal (U.S. Tax Court); si no hay acuerdo y no lo haces, el IRS registra el impuesto adicional a tu cargo. Revisa además si el mismo error se repite en otros años: si es así, el IRS recomienda enmendarlos.
Aviso CP14: tienes un saldo pendiente
El CP14 es una factura: el IRS te dice que debes impuestos sin pagar, cuánto es (con multas e intereses, si los hay) y hasta cuándo tienes para pagar.
- Si estás de acuerdo: paga antes de la fecha del aviso. Si pagas todo para esa fecha, no se cobran más intereses; a partir de ahí, los intereses siguen sumando.
- Si no puedes pagar todo: paga lo que puedas antes de la fecha, porque reduce intereses y multas, y pide un plan de pagos (se puede solicitar en línea). Sobre lo que quede pendiente habrá multa por pago tardío. En casos de dificultad económica, el IRS puede aplazar temporalmente el cobro, y existe el ofrecimiento de transacción (Offer in Compromise) para quien cumple los requisitos.
- Si no estás de acuerdo: llama al número de la sección de ayuda del aviso, con tus comprobantes a mano (cheques cobrados, declaración enmendada, etc.).
Plazo: la fecha de pago que indica el aviso. Si lo ignoras, llegan recordatorios cada vez más serios, que explicamos más abajo.
Aviso CP01A: tu PIN de protección de identidad (IP PIN)
El CP01A trae tu IP PIN: un número de 6 dígitos que solo conocen tú y el IRS y que impide que otra persona presente una declaración con tu número de Seguro Social o tu ITIN. El IRS lo envía por correo, cada año en diciembre o enero, a las personas que inscribió en el programa por ser víctimas confirmadas de robo de identidad relacionado con los impuestos. Si te inscribiste tú mismo en línea, no te llega por correo: lo consultas cada año en tu cuenta del IRS.
- Qué hacer: escribe el IP PIN en tu declaración federal (el Formulario 1040 y sus variantes, incluido el 1040-NR). Si tu cónyuge o tus dependientes también tienen uno, va el de cada uno. Sin el IP PIN correcto, la declaración electrónica se rechaza y la de papel se retrasa.
- Vale un año calendario y se usa en todas las declaraciones federales que presentes ese año, también las de años anteriores. Cada año se genera uno nuevo.
- Protégelo: dáselo solo a quien te prepara la declaración. El IRS nunca te lo pide; las llamadas, correos o mensajes que te lo piden son estafas.
- Si lo perdiste: puedes verlo en tu cuenta en línea o pedir que te lo reenvíen por correo.
Recibir un CP01A no te obliga a presentar el Formulario 14039, salvo que vuelvas a sufrir un robo de identidad. Y aunque no hayas sido víctima, cualquier persona con SSN o ITIN que pueda verificar su identidad puede pedir un IP PIN para protegerse.
Avisos CP501, CP503 y CP504: si el saldo sigue sin pagarse
Si no pagas ni respondes a una factura como el CP14, el IRS envía recordatorios, cada uno más serio:
- CP501: recordatorio de que sigues debiendo, porque el IRS no recibió tu pago ni tu respuesta al aviso anterior.
- CP503: segundo recordatorio. Si sigues sin pagar, sin acordar un plan y sin llamar, el IRS puede registrar un gravamen federal (Notice of Federal Tax Lien): un aviso público a tus acreedores que puede afectar a tu crédito.
- CP504: aviso de intención de embargo (sección 6331(d) del Código de Impuestos). El IRS puede quedarse con tu reembolso de impuestos estatal y, después, embargar salarios, cuentas bancarias y otros bienes. Este aviso también explica que una deuda tributaria grave puede llevar a que te nieguen o te revoquen el pasaporte.
Qué hacer: paga antes de la fecha del aviso (el CP504 pide pagar de inmediato) o pide un plan de pagos. Si no estás de acuerdo, o si ya pagaste, llama al número gratuito del aviso para que tu cuenta quede al día. Antes de que empiece el cobro puedes pedir una apelación por el Programa de Apelaciones de Cobro (Collection Appeals Program), siguiendo las instrucciones del aviso.
Aviso CP565: ya tienes tu ITIN
El CP565 es una buena noticia: el IRS te asignó un número de identificación personal del contribuyente (ITIN).
- Qué hacer: comprueba que tu nombre y tu fecha de nacimiento están bien. No hay que responder. Guarda el aviso en un lugar seguro y usa ese ITIN, con ese mismo nombre, en tus declaraciones.
- Tus documentos originales te los devuelven en un plazo de 60 días desde la fecha del aviso; si no llegan, llama al número del aviso (desde fuera de EE. UU., al 267-941-1000, que no es gratuito).
- Ten en cuenta: el ITIN solo sirve para los impuestos. No es una identificación, no cambia tu estatus migratorio y con él no se puede pedir el crédito por ingreso del trabajo (EITC). Si algún día obtienes un número de Seguro Social, avisa al IRS y usa desde entonces el SSN.
Si en vez del CP565 te llega un CP566, el IRS necesita más información o documentos para tramitar tu solicitud; si te llega un CP567, la rechazó y el aviso explica por qué. Lo contamos en la guía cómo sacar el ITIN, y cómo declarar con él en taxes con ITIN.
Errores frecuentes
- Ignorar la carta o tirarla. Los intereses y las multas siguen corriendo, y responder a tiempo es lo que protege tu derecho a apelar. El IRS recomienda guardar cada carta con tus registros de impuestos.
- Pagar a quien llama o escribe “de parte del IRS” con tarjetas regalo, o dar tus datos en un enlace recibido por mensaje.
- Responder sin el formulario de respuesta o sin firmarlo. En el CP2000, si declararon en conjunto, firman los dos.
- Enviar documentos originales. El IRS pide copias; guarda tú los originales.
- Presentar el Formulario 14039 cuando ya recibiste una 5071C. No hace falta: basta con verificar.
Cuándo pedir ayuda
Muchas cartas se resuelven con leerlas bien, comprobar que son correctas y hacer lo que piden. Conviene que alguien la revise contigo cuando:
- No entiendes qué cambió el IRS o por qué debes esa cantidad.
- No estás de acuerdo con un CP2000 y tienes que documentarlo.
- El mismo problema afecta a varios años.
- Crees que alguien usó tu número de Seguro Social o tu ITIN.
- Recibiste un CP504 u otro aviso de embargo: ahí el tiempo corre en tu contra.
Si el IRS no resuelve tu problema por las vías normales, el Servicio del Defensor del Contribuyente (Taxpayer Advocate Service), una organización independiente dentro del IRS, puede ayudarte gratis si cumples sus criterios, y las Clínicas para Contribuyentes de Bajos Ingresos (LITC) atienden a quien reúne sus requisitos. Para auditorías, cobros y apelaciones, quienes pueden representarte ante el IRS sin límites son los agentes inscritos (EA), los contadores públicos certificados (CPA) y los abogados.
Cómo te ayudamos
En BMS of NC revisamos contigo la carta del IRS: comprobamos que es auténtica, la comparamos con tu declaración y tus W-2 y 1099, y te explicamos qué pide y qué plazo tienes. Después preparamos la respuesta con sus documentos y, si hace falta, la declaración enmendada, para enviarla dentro del plazo. Si tu caso necesita representación formal ante el IRS, te lo decimos desde el principio. En español o en inglés, en línea.
Preguntas frecuentes
¿Cómo sé si una carta del IRS es real o es una estafa?
Busca el número de la carta, que está en la esquina derecha, en la página del IRS Cómo entender su carta o aviso del IRS; si no aparece o te parece sospechosa, llama al 800-829-1040. La primera vez, el IRS normalmente te contacta por correo postal, nunca pide tarjetas regalo y nunca te escribe por redes sociales. También puedes revisar tu cuenta en línea del IRS para ver si de verdad debes algo.
¿Qué es la carta 147C del IRS y tengo que responderla?
No, la 147C no se responde ni tiene plazo: es la confirmación por escrito del EIN de tu negocio. Sirve, por ejemplo, para abrir la cuenta bancaria del negocio si perdiste la carta original. Se pide llamando al 800-829-4933, de lunes a viernes de 7 a. m. a 7 p. m., hora local; por correo tarda de 10 a 14 días hábiles. No pidas un EIN nuevo: un negocio debe tener uno solo.
Me llegó un CP2000, ¿cuánto tiempo tengo para responder?
Tienes 30 días desde la fecha del aviso, o 60 días si vives fuera de EE. UU.; la fecha exacta viene en el aviso. El CP2000 es una propuesta de cambio porque tus ingresos no coinciden con los W-2 o 1099, no una factura. Respondes con el formulario, estés de acuerdo o no, y si necesitas más tiempo puedes pedirlo por escrito o llamando al número gratuito del aviso. En BMS of NC podemos ayudarte con esto.
Recibí la carta 5071C, ¿por eso no me llega el reembolso?
Sí: con la 5071C el IRS aparta tu declaración y no la procesa hasta que verifiques tu identidad, así que el reembolso queda detenido. Puedes verificar en línea con la herramienta del IRS Verifique su declaración o por teléfono al número de tu carta. Después, el IRS indica esperar de 2 a 3 semanas antes de consultar el reembolso, y el trámite puede tardar hasta 9 semanas.
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Fuentes oficiales
- Cómo entender su carta o aviso del IRS (IRS)
- Cómo saber que es el IRS (IRS)
- Consejo tributario 2025-06SP: estafas de tarjetas de regalo (IRS)
- Informe de mensajes y correos electrónicos falsos del IRS (IRS)
- Cuenta en línea para personas físicas (IRS)
- Ejemplo de aviso CP14 publicado por el IRS: ubicación del número del aviso (en inglés)
- Números de identificación del empleador: carta 147C (IRS)
- Telephone assistance contacts for business customers: horario del 800-829-4933 (IRS, en inglés)
- Understanding your CP575 notice: sustituto digital de la 147C (IRS, en inglés)
- Manual del IRS 21.7.1.4.7.1: solicitudes de la carta 147C (en inglés)
- Manual del IRS 21.7.13.4.2.4: 147C cuando ya existe un EIN (en inglés)
- Cómo entender su aviso de la serie CP5071 (IRS)
- Verifique su declaración (IRS)
- IRS Tax Tip 2023-74: cartas por posible robo de identidad (IRS, en inglés)
- Understanding your CP2000 series notice (IRS, en inglés)
- Tema 652, Aviso de ingreso declarado de menos: CP2000 (IRS)
- Publicación 5181, Tax Return Reviews by Mail (IRS, en inglés)
- Cómo entender su aviso CP14 (IRS)
- Cómo entender su aviso CP01A (IRS)
- Obtenga un PIN para la Protección de la Identidad (IP PIN) (IRS)
- Cómo entender su aviso CP501 (IRS)
- Cómo entender su aviso CP503 (IRS)
- Cómo entender su aviso CP504 (IRS)
- Cómo entender su aviso CP565 (IRS)
- Cómo entender su aviso CP566 (IRS)
- Cómo entender su aviso CP567 (IRS)
- Understanding tax return preparer credentials and qualifications: quién puede representarte (IRS, en inglés)
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- Cómo sacar el ITIN (Formulario W-7) en 2026: requisitos, plazos y renovación
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Esta guía es información general sobre las normas fiscales de Estados Unidos y no sustituye el asesoramiento sobre tu caso concreto.